Definición:

La identificación de peligros, evaluación y valoración de los riesgos es una de las obligaciones consagradas para los empleadores en el artículo 2.2.4.6.15 del Decreto Único Reglamentario 1072 de 2015, y tal y como lo expresa dicha norma jurídica, «El empleador o contratante debe aplicar una metodología que sea sistemática, que tenga alcance sobre todos los procesos y actividades rutinarias y no rutinarias internas o externas, máquinas y equipos, todos los centros de trabajo y todos los trabajadores independientemente de su forma de contratación y vinculación, que le permita identificar los peligros y evaluar los riesgos en seguridad y salud en el trabajo, con el fin que pueda priorizarlos y establecer los controles necesarios, realizando mediciones ambientales cuando se requiera».

La matriz de identificación de peligros, evaluación y valoración de los riesgos es un documento que busca plasmar la obligación consignada para los empleadores en el artículo 2.2.4.6.15 de la citada resolución, y en tal sentido, identifica los peligros de conformidad con los procesos, actividades y tareas realizadas en la empresa indicando cuales obedecen a actividades rutinarias y actividades no rutinarias, y evalúa y valora los riesgos a los que se expone cada trabajador con la prestación de su servicio, teniendo en cuenta los controles existentes para controlarlo, minimizarlo reducirlo. Adicionalmente, determina las medidas de intervención que la empresa o empleador implementará para poder prevenir y proteger la seguridad y salud de sus trabajadores.

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