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El programa de higiene y seguridad industrial es una obligación que se consagra en el literal c del artículo 84 de la Ley 9 de 1979 y el literal d del artículo 2 de la Resolución 2400 de 1979 y en consonancia con la citada normatividad, su contenido consiste en un conjunto de actividades implementadas por el empleador con el objetivo de identificar, reconocer, evaluar y controlar los factores ambientales que se originan en los lugares de trabajo, y que puedan afectar la salud de los trabajadores.
Pues bien, el artículo 11 de la Resolución 1016 de 1989 regula las actividades que deberá contener el programa de higiene y seguridad industrial, lo que permiten identificar las diferentes medidas que la empresa debe tomar para proteger la seguridad y salud de sus trabajadores, indicando los responsables de implementarlas y las evidencias que permitirán demostrar su cumplimiento.